EL AYUNTAMIENTO DE VEJER CONDENADO POR EL
DESPIDO IMPROCEDENTE DEL JEFE DEL SERVICIO DE AGUAS DE VEJER
El Juzgado de lo Social
número 1 de Cádiz ha dictado Sentencia declarando la improcedencia del despido
que por decisión personal del Alcalde del Municipio practicó el Ayuntamiento de
Vejer.
La Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz de 1 de agosto
de 2014 ha
declarado la improcedencia del despido practicado por el Ayuntamiento de Vejer
el pasado 31 de diciembre de 2013, sobre la persona del Jefe del Servicio de
Agua del mismo, condenando a dicho Consistorio a readmitirlo en su puesto de
trabajo o a abonarle una indemnización de 95.000 euros.
El Ayuntamiento condenado ha optado por el pago de la
indemnización mediante escrito presentado recientemente en el Juzgado
mencionado.
La Sentencia del Juzgado de lo Social considera que la reversión
decidida por el Ayuntamiento del servicio de abastecimiento, suministro y
saneamiento de agua que la empresa Aqualia venía desarrollando en el
Municipio de Vejer y en la que el trabajador demandante ostentaba la Jefatura del Servicio,
constituye un supuesto legal de subrogación laboral y por tanto el despido
practicado sobre dicho trabajador no puede admitirse como válido al no respetar
las normas legales.
El trabajador demandante había denunciado además que su
despido era una decisión personal e interesada del Alcalde, quien influyó en
que la empresa anterior lo desplazara temporalmente a otro centro de trabajo,
con la finalidad de que su puesto fuera ocupado por un profesional sin
experiencia en la gestión de aguas contratada como profesional externo.
El trabajador afectado
insistirá en su readmisión ya que no tiene sentido que la empresa haga el gasto
de la indemnización cuando realmente su puesto es necesario para la adecuada
gestión de un servicio básico como es la gestión de suministro, abastecimiento
y saneamiento del agua en la que el despedido esta especialmente cualificado con una experiencia de 20 años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario