viernes, 17 de octubre de 2014

REDUCCION DE LA RETENCION DEL IRPF PARA RENDIMIENTOS PROFESIONALES EN DETERMINADOS CASOS

Reciente aprobación del tipo de retención reducido del 15% para rendimientos de actividades profesional sujeto a determinados requisitos.

 Dicha medida se introdujo en el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia y tiene efectos desde el 6 de julio de 2014.

 Se establece un tipo reducido de retención del 15% cuando .el volumen de rendimientos íntegros sea inferior a 15.000 euros, siempre que, estos rendimientos representen más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y trabajo del contribuyente.

 Para la aplicación los contribuyentes deberán comunicar al pagador que cumplen los requisitos, quedando obligado el pagador a conservar la documentación debidamente firmada

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