SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD DE VALENCIA DE 10 DE MAYO DE 2014.
El Tribunal Superior de Justicia dictó sentencia el pasado 10 de mayo de 2014 mediante la cual se estima parcialmente la demanda contencioso-administrativa que formuló en su día nuestro Despacho en nombre de nuestros clientes un matrimonio cuya hija sufrió graves daños neurológicos durante su nacimiento que tuvo lugar en un Hospital dependiente de los servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de Valencia.
Después de practicarse a instancia nuestra una consistente prueba pericial médica a través de un experto médico solicitado al Colegio de Médicos de Sevilla, y de llevarse a cabo todos los medios de prueba incluyendo también toda la historia clínica e informes de la Comunidad Autónoma, finalmente el Tribunal ha dictado una sentencia que estima nuestra demanda y condena a la Comunidad a pagar a los padres demandantes la cantidad de 106.133 euros.
La sentencia se basa en la consideración de que los servicios médicos de la Comunidad de Valencia actuaron con falta de diligencia y sin el adecuado cumplimiento de la lex artis al realizar de manera tardía una cesárea a la demandante lo que provoco sufrimiento al feto y con ello unas lesiones neurológicas que podría haberse evitado habiendo realizado una hora antes la cesárea.
La Comunidad Autónoma no ha recurrido la sentencia por lo que ha procedido al pago de la indemnización reconocida por la citada sentencia.
Esta sentencia viene a unirse a las muchas otras que con anterioridad ha obtenido nuestro despacho en materia sanitaria tanto en el orden contencioso-administrativo vía responsabilidad patrimonial como en vía civil o incluso en tiempos anteriores en la jurisdicción laboral.
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