Después de cuatro días de proceso, finalmente ha quedado visto para sentencia el juicio contra los conocidos como Cachimba, agresores del policía local de Puerto Serrano, Juan Cadenas, que perdió un ojo como consecuencia de la agresión. Lo que ha caracterizado este juicio, sin duda, han sido las medidas de seguridad adoptadas en torno al edificio judicial de Jerez en el que se encuentra ubicada la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, de forma que, especialmente el primer día, un fuerte dispositivo de fuerzas de intervención de la Policía Nacional protegían el edificio para evitar incidentes.
La llegada de Juan Cadenas a la sede judicial, junto a su esposa, resultó realmente emotiva ya que un gran número de compañeros llegados de toda España esperaban su llegada e irrumpieron en aplausos. Al mismo tiempo, le hicieron entrega de una placa en señal de apoyo y solidaridad con su sufrimiento y lucha. Durante los tres primeros días se practicaron las pruebas, tanto testificales como periciales y, finalmente, en la cuarta jornada concluyeron periciales, una de ellas por video conferencia y se efectuaron por las partes los informes finales en apoyo de las conclusiones definitivas que, igualmente, se mantuvieron ese mismo día.
Es de destacar la gran coherencia y la ausencia total de contradicción entre las declaraciones de los tres principales testigos de cargos, los policías locales directamente implicados en los hechos, que declararon de una manera en la que se notaba claramente su sinceridad, de forma que emanaban autenticidad y veracidad en sus manifestaciones. Los hechos fueron también constatados de forma consistente en la parte que les tocó vivir a los agentes de la Guardia Civil que intervinieron en la detención de los agresores tras su huida de la comisaría de policía local de Puerto Serrano.
Las pruebas periciales consistentes, por una parte, en informes de los médicos forenses que emitieron informes sobre el grado de imputabilidad de los procesados y, por otra, de los médicos que atendieron a los mismos en los recintos penitenciarios, fueron concluyentes. En este sentido, no existe constancia de que en el momento de los hechos estuvieran bajo los efectos de grave intoxicación etílica o de drogas y coincidieron todos ellos en que si bien dos de los procesados padecían síndrome mixto de la personalidad en un caso y disocial en otro, realmente no sufrían patología psiquiátrica y disponían de capacidad intelectiva y volitiva para valorar los efectos de sus actos y por tanto eran imputables. Finalmente, la perito médico que intervino para valorar las secuelas de Juan Cadenas declaró que, además de las secuelas de las heridas con pérdida del ojo izquierdo, padece un síndrome postraumático grave que le incapacita para realizar cualquier tipo de actividad.
El juicio acabó con el informe del Fiscal y de las partes acusadoras y defensa, en el que la defensa terminó por reconocer prácticamente los hechos tal como habían sido relatados por los testigos, si bien consideraba que no había habido intención de matar por parte de los acusados y además que estos estaban afectados por grave intoxicación alcohólica y de drogas y que dos de ellos sí que tienen enfermedad psiquiátrica y con ello la posibilidad de disfrutar de eximentes o atenuantes cualificadas.
Ramón Dávila
Socio Director
DÁVILA Y ASOCIADOS
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