El Juzgado de lo Social numero 7 de Sevilla ha dictado recientemente sentencia estimando integramente la demanda formulada por DAVILA Y ASOCIADOS en nombre de una periodista colaboradora de CANAL SUR RADIO que interviene desde hace años en varios destacados programas de la radio andaluza, condenando a CANAL SUR RADIO a reconocer la condición de empleada fija de la empresa y a abonarle la retribución correspondiente a la categoría profesional de presentadora-productora.
La sentencia reconoce la existencia de todas las notas que definen el concepto legal de relación laboral, en cuando a plena sujeción de la trabajadora a la organización y dirección del trabajo por parte de la entidad empleadora, dependencia y ajenidad y por ello considera que no se trata de una relación de mera colaboraciòn sino de una auténtica relación de trabajo. Igualmente la sentencia reconoce la antiguedad, casi 15 años, de la trabajadora y su categoría profesional de presentadora-productora por lo que debe percibir el salario establecido en el Convenio Colectivo de la Empresa, incluyendo los complementos de especial responsabilidad y productividad.
La sentencia reconoce la existencia de todas las notas que definen el concepto legal de relación laboral, en cuando a plena sujeción de la trabajadora a la organización y dirección del trabajo por parte de la entidad empleadora, dependencia y ajenidad y por ello considera que no se trata de una relación de mera colaboraciòn sino de una auténtica relación de trabajo. Igualmente la sentencia reconoce la antiguedad, casi 15 años, de la trabajadora y su categoría profesional de presentadora-productora por lo que debe percibir el salario establecido en el Convenio Colectivo de la Empresa, incluyendo los complementos de especial responsabilidad y productividad.
Ramón Dávila
Abogado
Socio Director
DÁVILA Y ASOCIADOS
www.davilayasociados,es
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