El BOE publica hoy una orden ministerial que permite la presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas para personas físicas sin contar con un certificado electrónico
Previa solicitud del ‘PIN’, y aportando el NIF y un número de teléfono móvil, los contribuyentes contarán con un código de acceso para realizar sus gestiones durante 24 horas
La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un nuevo sistema de firma electrónica no avanzada, denominado ‘PIN 24 horas’, que permitirá a los autónomos y, en general, a personas físicas no obligadas a disponer de certificado electrónico, presentar por internet un amplio abanico de declaraciones informativas y de autoliquidaciones sin necesidad de contar con certificado.
Los
contribuyentes que se hayan registrado en este nuevo sistema, aportando
únicamente su NIF y la fecha de caducidad de su DNI, recibirán mediante un SMS
en el número de móvil un código de acceso que les permitirá presentar sus
autoliquidaciones y declaraciones informativas y realizar diversos trámites ante
la Agencia Tributaria. Aunque el código caduca al final de cada día el
contribuyente podrá obtener uno nuevo en cualquier momento y de manera
instantánea, dado que el registro previo solo será necesario la primera
vez.
El
Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden ministerial que habilita esta
nueva vía para la realización de trámites con la Agencia Tributaria y los
contribuyentes interesados podrán registrarse a partir desde el mes de
diciembre. Las primeras presentaciones que podrán realizarse con el ‘PIN 24
horas’ serán las declaraciones informativas de 2013 a presentar en enero de
2014; entre ellas, los resúmenes anuales de retenciones que se incluyen en los
modelos 180 y 190, y la Declaración-Resumen anual del IVA (modelo
390).
Los
principales destinatarios del ‘PIN 24 horas’ son los autónomos que realizan
presentaciones periódicas y las personas físicas que el año próximo deban
presentar el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero,
aunque aquellos contribuyentes que únicamente estén obligados a presentar
declaración de IRPF o Patrimonio también podrán optar por hacer la declaración
por esta vía.
La
utilización del ‘PIN 24 Horas’ permitirá extender la presentación de
declaraciones y autoliquidaciones por internet a contribuyentes sin certificado
electrónico cuyo uso les resulta complejo y a dispositivos móviles que no
admiten firma con certificados electrónicos. Además, se trata de un sistema de
firma no avanzada seguro y, al mismo tiempo, sencillo, dado que no es necesario
recordar de manera permanente una contraseña, sino que se utiliza un ‘PIN’ nuevo
para cada día en el que se desee hacer gestiones con la Agencia Tributaria por
vía telemática.
¿Cómo
funciona?
La
utilización del sistema ‘PIN 24 horas’ requiere dos pasos, un registro previo y
una identificación y autenticación posterior. El registro previo se podrá
efectuar presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o, en su caso,
a través de la Sede Electrónica siguiendo las instrucciones que la Agencia
remitirá por carta al colectivo de principales beneficiarios. En el proceso de
registro se solicitará al contribuyente un número de teléfono móvil, la fecha de
caducidad del DNI y, en la Sede, un código de cuenta corriente como información
de contraste.
Una
vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún
trámite deberá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es)
y solicitar el ‘PIN 24 horas’. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de
caducidad del DNI y una clave de identificación de cuatro caracteres a su
elección que definirá al contribuyente para cada solicitud del ‘PIN’. A
continuación, recibirá el ‘PIN’, que podrá utilizar durante ese mismo día
natural, mediante un SMS remitido al teléfono móvil comunicado en la fase de
registro.
Utilizando
su NIF y la clave de cuatro caracteres más el ‘PIN 24 horas’, el contribuyente
quedará identificado en la Sede Electrónica y podrá realizar los trámites
oportunos.
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