ÉXITO DE NUESTRO DESPACHO DÁVILA&DEL RÍO Y DE NUESTRO COMPAÑERO ANTONIO RODRÍGUEZ BERNAL. LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA CONFIRMA LA SENTENCIA CONDENANDO A BANKINTER A PAGAR A UN CLIENTA LA CANTIDAD DE 48.022 EUROS DECLARANDO NULO CONTRATO DE RIESGOS FINANCIEROS CELEBRADO EN 2007.-
La Sentencia de fecha 8 de abril de 2013, confirma la del Juzgado de 1ª Instancia 22 de Sevilla y en la misma, entre otros calificativos, señala que "este contrato es un supuesto paradigmático de abuso de posición predominante por parte del Banco frente a un cliente que, por sus circunstancias personales, claramente actuó confiado en el personal de su banco, quien faltando a esa confianza le vendió un producto de grave riesgo bajo la apariencia de otro muy beneficioso, todo ello sin un asesoramiento financiero que le pusiera de manifiesto la inconveniencia de firmar un contrato de esas características...".
La Sentencia reitera la existencia de un grave error en el consentimiento del cliente de carácter inexcusable que invalida el mismo, al vendérsele un producto complejo de permuta financiera con graves riesgos económicos sin que, no sólo no se le informara adecuadamente del mismo, sino que se le indujera al error, al presentarlo como si se trata de un seguro frente a la subida de interés de carácter gratuito. Finalmente BANKINTER es condenada en las costas del recurso.
Actualmente, la tendencia de los Juzgados a estimar las pretensiones de los afectados por las denominadas "Preferentes" viene aumentando, de modo que ya son muchos los casos en los que los afectados vienen recuperando el capital depositado en las entidades bancarias.
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