sábado, 15 de diciembre de 2018


LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA ABSUELVE A ROSARIO AYALA DE TODOS LOS CARGOS . LA SRA AYALA HA SIDO DEFENDIDA POR EL LETRADO RAMÓN DAVILA, DIRECTOR DAVILA Y ASOCIADOS. 

          La Audiencia Provincial de Sevilla acaba de publicar la sentencia del caso de los trajes de flamenca del Ayuntamiento de Los Palacios absolviendo de todos los cargos a la Concejal socialista.


            La sentencia de la Audiencia de 4 de diciembre ha sido notificada en el día de ayer y en ella se viene a decir que realmente Rosario Ayala no tuvo responsabilidad alguna en la preparación y la redacción de la orden de pago en la que se le imputaba haber incurrido en falsedad documental y por la que la Fiscalía y el Ayuntamiento de Los Palacios pedían una condena de cinco años de cárcel, la misma que solicitaban incluso antes de que el Tribunal Superior de Justicia declarara que el delito que también se le imputaba estaba prescrito.

            La sentencia señala que los trajes de flamenca se adquirieron para uso en actos de representación del Ayuntamiento y de hecho en el acto del juicio se acreditó, aunque esto no lo recoge la sentencia, que otras concejales también habían usado alguno de los  dos trajes y dentro de un contexto de la promoción de la industria de diseño de trajes de este pueblo , según declararon los testigos en el acto del juicio.

            La Audiencia recoge que después del Auto que había dictado el Tribunal Superior de Justicia la cuestión en este juicio se centraba en determinar si l Sra. Ayala era responsable o no de la falsedad en la orden  de pago de uno de los trajes de flamenca, llegando a la conclusión de que el texto erróneo de dicha orden de pago se llevo a cabo en el departamento de Intervenciòn Municipal sin que la acusada tuviera mas intervención que su mera firma como Delegada.

            Al final ha quedado acreditado que el error del que deriva todo fue cometido en el departamento de Intervención Municipal. Que casualidad que la Interventora Municipal , principal  testigo de la acusación,no ocupa el cargo por oposición sino por designación del Alcalde.
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            En los Fundamentos jurídicos la sentencia razona que no concurren los requisitos que el Código Penal y la jurisprudencia requieren para la existencia del delito de falsedad ideológica, citando numerosas sentencias que amparan la absolución completa de la acusada.


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https://sevilla.abc.es/provincia/sevi-absuelta-exconcejal-psoe-palacios-compro-trajes-flamenca-dinero-publico-201812131811_noticia.html

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https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/sentencias/caso-trajes-flamenca-Audiencia-absuelve-concejal-PSOE-Palacios_0_1309069356.ht


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